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Carta abierta al Presidente de la Rep�blica del Ecuador

Adjunto s�rvase encontrar el texto de la carta abierta redactada en respuesta al acto urgente solicitado por la Fiscal�a General del Estado hacia mi persona en respuesta a una solicitud realizada por su persona.Se ha enviado copia de esta carta a medios de comunicaci�n y organizaciones de medios. Tambi�n estar� disponible en medios electr�nicos.

Publicado: Martes, 4/6/2013 - 8:53  | 8531 visitas.

Imagen: Ecuador Ciencia
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Carta abierta al señor Presidente de la República del Ecuador

Sr. Economista

Rafael Vicente Correa Delgado
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

Sr. Presidente:

El día martes 29 de mayo del año en curso he sido notificado por la Fiscalía General del Estado a través de la Fiscalía de Pichincha, acerca de un acto urgente para realizar el peritaje de Fijación IP (identidad electrónica) de un mensaje expresado en mi cuenta personal en la plataforma Twitter, ya que se advierte que el mensaje, de mi autoría, podría ser interpretado como una forma de instigación para delinquir.

El tuit señalado dice literalmente: "RT si ahora quieres que se muera Correa".

Soy informado por la Fiscalía General de que el tuit señalado es encontrado por usted como concerniente a su persona, mas el texto del mensaje no señala a ninguna persona en particular, a ningún cargo oficial u ocupación, ni presenta indicio que permita identificar en forma inequívoca a una persona o institución determinada.

Más importante aún, el texto del tuit no invita, ni exige, ni convoca, implícita o explícitamente, a la comisión de algún tipo de delito contra la vida o la propiedad de alguna persona o institución. El tuit tampoco constituye una injuria u ofensa de algún tipo, especialmente  cuando no va dirigido hacia alguien en particular que pueda señalar inequívocamente que es el injuriado u ofendido. Evidentemente, el tuit tampoco constituye una apología de algún tipo de delito, pues ningún delito se menciona en el texto.

ACLARACIÓN

El tuit referido, expresa un deseo personal publicado al calor del enfado recordado en ese momento, no fue dirigido hacia una persona en particular, y tampoco exhorta o insta al cometimiento de algún delito, mucho menos el de magnicidio.

El publicar en un medio masivo el deseo de que la mala suerte, incluso el fallecimiento,  caiga sobre una persona no constituye un delito. La ley no contempla ni debe contemplar la penalización del pensamiento, sí en cambio prevé sanción contra hechos delictivos, ya sea que fueren cometidos o hayan sido intentados. Que alguien interprete que una opinión como la referida constituya delito queda en el plano de lo meramente subjetivo, y sobre la subjetividad personal no deben existir normas, procesos ni sanciones posibles; sólo debe existir norma, proceso y sanción sobre delitos que signifiquen un perjuicio mesurable sobre la vida y propiedad de las personas.

Para que una expresión escrita o enunciada pueda ser clasificada dentro de la figura de instigación para delinquir se requiere de la voluntad de inducir a la comisión de un delito determinado; necesariamente, el hecho que se induce debe ser un delito contemplado en el Código Penal. No habiendo tal voluntad, ni petición de cometer un delito señalado en la ley, y tampoco se identifica indiscutiblemente a la presunta víctima, no existe fundamento para conjeturar o acusar de haberse cometido el delito de instigación. Un deseo, un pensamiento o un sentimiento expresado en una red social como Twitter, no debe ser sometida a restricción por la vía de la amenaza penal. Esto no es digno de un Estado definido como democrático y de derechos.

Señor Presidente; quien le escribe tiene una hoja de vida limpia sin antecedentes judiciales de ningún tipo, desde hace catorce años me desempeño como promotor particular de la ciencia y tecnología, trabajo en al ámbito privado como programador, analista o consultor. Esta es a breves rasgos mi hoja de vida.

Soy libertario y ello implica ejercer principios éticos y morales, acaso el primero y más importante: no iniciar el uso de la fuerza contra una persona o contra su propiedad ya sea directamente o mediante herramientas legales (aunque ilegítimas). Este principio incluye también, por supuesto, el no incitar a terceros al cometimiento de un delito. Estos son los principios que defiendo y seguiré defendiendo, esta defensa es también la defensa de la integridad personal de todos los ciudadanos, usted entre ellos.

RECTIFICACIÓN

Señor Presidente; si luego de todos los argumentos anteriormente expuestos, usted considera que de alguna forma ha sido usted lesionado espiritualmente por el tuit señalado, pese a que este no establece identidad ni insta a cometer delito alguno, entonces reciba usted mis disculpas y mi oferta de que en adelante mis tuits serán más elegantes, ya que al tuit en cuestión sólo puede hallársele el pecado de ser desagradable.

Si usted acepta mis argumentos o mis disculpas, se eliminará el tuit que usted consideró inapropiado y le agradeceré vivamente el retiro de cualquier investigación o proceso judicial colocada por su equipo jurídico en mi contra; tomando en cuenta que en todo este proceso ya se ha distraído el valioso tiempo de la Secretaría y Subsecretaría Nacional Jurídicas y de sus asesores; el valioso tiempo de los fiscales y funcionarios de la Fiscalía General del Estado y Fiscalía de Pichincha; el tiempo del Juez de la Unidad Judicial de Garantías Penales, el tiempo del señor perito informático de la Fiscalía, y finalmente, el tiempo de los integrantes de las fuerzas del orden involucrados en el operativo del día 29 de mayo pasado.

Todo este despliegue de recursos humanos, técnicos, monetarios y de tiempo es digno de mejor propósito en un país que, usted conoce, clama por seguridad en las calles y celeridad en los procesos judiciales para perseguir, esos sí, actos criminales contra la vida y propiedad de las personas.

Atentamente,

 

Danny Christian Ayala Hinojosa

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