En la Constituci�n no debe estar normado lo que es o no es un matrimonio, una Constituci�n de la Rep�blica tiene como funci�n declarar y proteger activamente los derechos a la vida, la libertad y la propiedad, para lograr lo anterior la Constituci�n debe declarar y defender una serie de "derechos negativos" para con el gobierno, derechos como los de NO imponer impuestos, NO frenar el comercio, NO imponer conductas a los individuos salvo respetar el derecho ajeno, NO cometer censura, NO controlar el sistema de precios, NO intervenir en la econom�a, NO ofrecer subsidios, NO devaluar la moneda, NO confiscar la propiedad privada, NO meter a nadie en prisi�n sin un juicio justo, etc.
El matrimonio, la herencia, el lenguaje, la propiedad, el comercio, la banca, los contratos, entre muchas otras, son instituciones que nacen en la sociedad, y se desarrollan y evolucionan en ella, no nacen fruto del dise�o de un legislador sino de los acuerdos voluntarios entre las personas y del autointer�s personal. Todas estas instituciones, por salud de una sociedad, es mejor dejarlas sin intervenci�n gubernamental, caso contrario las conductas predatorias (impuestos, censura, subsidios, devaluaci�n, coerci�n, etc.) garantizadas en la legislaci�n convierten a esa sociedad en un c�mulo de turbas dedicadas al pillaje institucionalizado.
Por tanto, si una Constituci�n defiende la libertad personal plena (cosa que no est� sucediendo ni suceder� con la inutil Asamblea Constituyente ecuatorianaen funciones) entonces la uni�n formal entre personas del mismo sexo unidas por un v�nculo afectivo, est� PLENAMENTE GARANTIZADA. De hecho el gobierno no debe tener facultad de "casar" a las personas, esa es una funci�n de los registros de lo civil (que deber�an reemplazar al estatal Registro Civil), tampoco la burocracia debe exigir actas de matrimonio o firmas de conyuges para tr�mites o pr�stamos bancarios, esa es facultad de cada instituci�n financiera.
Las personas cuyas preferencias sexuales incluyan a otras de su mismo sexo tienen exactamente los mismos derechos que cualquier otra persona, la legislaci�n ni siquiera debe molestarse en reconocer diferencias por preferencias sexuales o de otro tipo, eso no le incumbe. Las parejas homosexuales pueden heredarse entre s�, adoptar, realizar acuerdos prenupciales, recibir seguros, divorciarse, etc. tal y como lo hace cualquier otra pareja heterosexual formal. Y al igual que una pareja heterosexual no puede exigir obligatoriedad en la solicitud de servicios o adopci�n por el s�lo hecho de tener una preferencia sexual determinada. Es facultad del prestador de servicios o de la instituci�n de adopci�n contratar con cualquier pareja o no hacerlo.
Personalmente creo que el Matrimonio es una uni�n contractual entre un hombre y una mujer por tradici�n, creo que el t�rmino Uni�n de Hecho es m�s apropiado para parejas del mismo sexo y Uni�n Libre para personas de cualquier preferncia sexual sin una relaci�n formal pero que viven juntas, pero de igual forma esta divisi�n puede ser arbitraria, una consideraci�n personal, y ni esta ni otra definici�n debe caber en una legislaci�n.
Vive y deja vivir, y que el gobierno deje de meterse con la vida �ntima y econ�mica de todos.