Noticia en diario Los Andes (Argentina): Denuncian a un estadounidense por vender meteoritos que caen en Argentina
La Asociaci�n Entrerriana de Astronom�a (AEA) denunci� que un estadounidense, al que calific� de "traficante" de material c�smico, se llev� de Entre R�os seis kilos de piezas meteor�ticas. Las vende en su p�gina web a m�s de 100 d�lares cada una.
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El propio Farmer en su p�gina de internet public� fotograf�as de los elementos que encontr� en Colonia Berduc, en el departamento entrerriano de Col�n, que corresponden al meteorito ca�do el pasado 8 de abril que fue visto como una bola de fuego en el cielo por cientos de personas en esta provincia e incluso en Uruguay. En otro sector de mismo sitio, titulado "meteoritos en venta", aparecen fotograf�as de material c�smico recogido por Farmer en distintas partes del mundo, con el precio al que los ofrece.
Entre estos muestra cuatro piezas que, afirma, fueron halladas en la zona conocida como "Campo del Cielo", una Reserva Natural que ocupa un sector del sudoeste del Chaco y del noreste de Santiago del Estero.
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Tambi�n advirti� que luego del fen�meno ocurrido el 8 de abril, "hubo tambi�n traficantes de Argentina y de otros pa�ses que se llevaron su bot�n".
La denuncia de la Asociaci�n Entrerriana de Astronom�a est� totalmente fuera de lugar, y mas bien pareciera que esta asociaci�n quisiera apropiarse de lo que no le pertenece, desde luego usando el concepto de patrimonio nacional.
Y es que se puede entender que se impida el comercio de especies en peligro de extinci�n, pero no el que un organismo llamado a investigar y ense�ar, cargue las tintas contra un comerciante por hallar lo que los integrantes de esta asociaci�n no pudieron.
Los meteoritos no son "de todos", los meteoritos pertenecen al propietario del predio donde hayan ca�do, y en el caso de que hayan ca�do en campo abierto, pertenecen a quien los haya hallado en primer lugar. As� de simple, as� de �tico y as� de apropiado. La sola acci�n de observar un objeto no genera un derecho sobre este, de la misma forma que observar la Luna no convierte a uno propietario en de ella, tampoco observar la ca�da de un fragmento espacial convierte a nadie en su propietario.
S�lo quien hace el trabajo de buscar el objeto sideral y extraerlo puede ser considerado leg�timo due�o del mismo. Tal acci�n no constituye delito, por el contrario, constituye apropiaci�n original y asigna derecho pleno sobre el objeto a quien lo haya hallado.